Para las negligencias médicas, contrata al despacho de abogados Agarte

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Muchos de nosotros para estar en forma o vernos bien o simplemente para arreglar pequeños achaques de la edad acabamos pasando por el médico, y estos profesionales, como cualquier otros, se equivocan también y cometen errores. Pero son mucho más graves, ya que afectan a la salud y al bienestar. No es lo mismo que un corrector de textos dejé una errata en un libro que te amputen la pierna izquierda cuando era la derecha la que había que operar. Para estos casos, se puede denunciar siempre. Y es conveniente contar con un despacho de abogados especialistas en la materia, como es Agarte.

Este bufete de abogados de Sevilla conoce bien la cuestión que de la que estamos hablando por su intervención en los tribunales en numerosos casos de negligencias médicas, tan en boca de todos en las noticias, logrando un porcentaje importante de sentencias favorables que condenan a clínicas o administración sanitarias al pago de importantes indemnizaciones.

Os recomendamos este bufete porque ante el convencimiento de alcanzar el éxito en aquellos asuntos de negligencias médicas cuya dirección jurídica aceptan, el despacho de abogados de Sevilla se compromete a recibir sus honorarios tan solo en el caso de lograr la indemnización buscada, que es algo muy importante a la hora de hacer este tipo de reclamaciones, porque no todo el mundo está en disposición de hacer dichos desembolsos de honorarios previos a recibir la cantidad que le corresponde por la negligencia.

Además, este es un despacho avalado por la cantidad de casos que han resuelto a favor de sus clientes. Actualmente han intervenido como abogados en más de cuarenta asuntos judiciales referidos a las negligencias médicas, y aunque a día de hoy todos no están acabados, en la mayoría de los casos finalizados han alcanzado importantes éxitos, logrando que sus clientes fueran indemnizados en los procedimientos judiciales.

Es decir, que se trata de un gabinete jurídico con la experiencia y la especialización suficientes como para confiarles un caso de este tipo y no dejar que nos ninguneen o se aprovechen en determinados organismos de que no tenemos una cantidad suficiente de dinero como para empezar un pleito o una demanda que de seguro ganaríamos porque tenemos la razón. Aquí contamos con la ventaja de que nuestros abogados se esforzarían al máximo y no nos harían adelantar ni un euro porque se comprometen encima a cobrar únicamente en aquellos casos que tengan éxito y una vez sea pagada la indemnización al demandante.

Para que os hagáis una idea de las posibles cifras, vamos a enumeraros algunos de los casos en los que han tenido éxito y cómo se han resuelto. Por ejemplo, recientemente se hizo una reclamación patrimonial ante el SAS por el diagnóstico tardío de un cáncer de laringe, que fue tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Sevilla como Procedimiento Ordinario 366/99, y ante la Sección Tercera el Tribunal Superior de Andalucía como Recurso de Apelación 116/2003, con el resultado de un indemnización de 110.000 € de indemnización por los daños sufridos.

Ante el SAS también hubo otra reclamación patrimonial por la muerte de una paciente en el Hospital de Úbeda, a consecuencia de una infección nosocomial (infección hospitalaria). Se tramitó ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Sevilla como Procedimiento Ordinario 697/2006, y ante la Sección 4ª del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía como Recurso de Apelación 607/09, con el resultado de una indemnización para los familiares de la paciente de 120.000 €.

Podemos hablar también de otra reclamación patrimonial ante el SAS por la muerte de un recién nacido a consecuencia de un error en el diagnóstico de una encefalopatía metabólica. Se tramitó ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Sevilla como Procedimiento Ordinario 123/06 y ante la Sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía como Recurso de Apelación 629/08, con el resultado de una indemnización para los padres del niño de 104.000 € en primera instancia.

De mayor indemnización se hizo una reclamación a un médico especialista en traumatología, por realizarle una intervención quirúrgica al paciente sin tener el diagnóstico previo, y causarle por ello un paraplejia. Se tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia nº16 de Sevilla, como Procedimiento Ordinario 918/09, lográndose una indemnización de 190.000 €

En cuanto a cirugía estética, que no se escapa tampoco de las negligencias médicas, tenemos también una reclamación ante una clínica y el médico que llevó a cabo la intervención quirúrgica, por haberle dejado a la paciente deformidades en el abdomen y párpados tras la abdominoplastia y blefoplastia realizada, tramitándose en el Juzgado de Primera Instancia nº25 de Sevilla, en el Procedimiento Ordinario 1553/07 y ante la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, con el resultado de una indemnización de 15.000 €.

Y como estos, podríamos seguir añadiendo más casos. La clave está en tomarlo como ejemplo y no dejar que las personas o entidades que causan este tipo de daños se queden impunes.